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Licencia de Edificación
- Para obtener su Licencia de Edificación debe presentarse a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas en el Palacio Municipal, donde recibira las indicaciones, formatos y pagos correspondientes.
¿Qué es una licencia de edificación?
- La licencia de edificación es el acto administrativo mediante el cual un gobierno local otorga al administrado autorización para ejecutar una obra de edificación, es decir una construcción de carácter permanente sobre un predio, que cuenta como mínimo con un proyecto de habilitación urbana aprobado y cuyo destino es albergar a la persona en el desarrollo de sus actividades.
- Para obtener la licencia de edificación, el predio debe contar con el correspondiente proyecto de habilitación urbana aprobado; mientras que para el otorgamiento de la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, el lote debe contar con la inscripción registral en la Partida correspondiente del Registro de Predios.
¿Cuáles son las modalidades de aprobación?
- Las licencias de edificación se clasifican en cuatro modalidades (A, B, C y D) y, por cada una de estas, se establecen los proyectos de edificación.
¿Cuáles son los requisitos?
Documentos Comunes
- Formulario Único de Edificaciones (FUE) firmado por el usuario y por los profesionales responsables, donde se señale el número de recibo y la fecha de pago del trámite, en tres (3) juegos originales.
- Documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar, en caso no sea propietario del predio.
- Declaración jurada del representante legal, si es persona jurídica, señalando que cuenta con representación vigente y consignando datos de la partida registral y el asiento en el que conste la inscripción de la misma.
- Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, acreditando que son hábiles para el ejercicio de la profesión.